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Jurisdicción: Argentina (AR)5 fuentes oficiales verificadas (2026-10-30)Idioma: EspañolRead in English →

Enfermedad terminal y planificación legal en Argentina: lista oficial en 5 pasos

¿Necesita una hoja de ruta paso a paso adaptada al municipio o situación exacta de su familia?

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Comprendemos la situación que atraviesa su familia cuando un ser querido recibe el diagnóstico de una enfermedad grave, avanzada o en fase terminal en la República Argentina. Organizar con antelación la atención médica paliativa, las directivas anticipadas, los poderes notariales y las prestaciones previsionales mientras su familiar conserva su plena capacidad jurídica permite asegurar que se respeten sus decisiones y evitar demoras judiciales [1][2][4]. A continuación detallamos los cinco pasos oficiales y prácticos en orden.

Lista oficial resumida en 5 pasos

Guía pública de referencia
  1. 1

    Activación de cuidados paliativos domiciliarios u hospitalarios y cobertura de salud

    El sistema sanitario argentino garantiza por ley el acceso a la atención paliativa integral y al control del dolor en todas las etapas de una enfermedad amenazante o limitante para la vida [1]:

    • Cobertura obligatoria bajo la Ley Nacional de Cuidados Paliativos (Ley 27.678): Conforme a la Ley 27.678 y a los lineamientos del Programa Nacional de Cuidados Paliativos del Ministerio de Salud de la Nación, el subsector público, las obras sociales nacionales y provinciales (incluido el INSSJP - PAMI) y las empresas de medicina prepaga deben brindar cobertura integral de cuidados paliativos en modalidad ambulatoria, hospitalaria y de internación domiciliaria [1]. Solicite al médico tratante o al servicio de oncología o clínica médica la derivación formal al equipo interdisciplinario de Cuidados Paliativos y un resumen detallado de historia clínica [1].
    • Provisión de medicamentos esenciales y equipamiento en domicilio: La normativa vigente obliga a las obras sociales y prepagas a cubrir al 100 % los analgésicos opioides y medicamentos esenciales para el control de síntomas, así como insumos, oxigenoterapia, cama ortopédica y prestaciones de enfermería y kinesiología domiciliaria prescritas por el equipo tratante [1][3]. En caso de negativa o demora injustificada de una obra social nacional o empresa de medicina prepaga, la familia puede presentar un reclamo de urgencia ante la Superintendencia de Servicios de Salud.
  2. 2

    Otorgamiento de directivas médicas anticipadas y designación de representante sanitario

    Mientras la persona enferma conserva plena lucidez y capacidad decisoria, puede dejar constancia legalmente vinculante de sus preferencias terapéuticas y designar a un interlocutor ante el equipo médico [2]:

    • Directivas médicas anticipadas (Ley 26.529 y Ley 26.742 de Muerte Digna): De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 26.529 de Derechos del Paciente (modificada por la Ley 26.742) y el artículo 60 del Código Civil y Comercial de la Nación, toda persona mayor de edad y capaz puede disponer directivas médicas anticipadas sobre su salud, consintiendo o rechazando determinados tratamientos médicos, preventivos o paliativos, así como procedimientos quirúrgicos, de hidratación, alimentación o reanimación artificial cuando resulten extraordinarios o desproporcionados frente a una situación terminal e irreversible [2]. Las prácticas eutanásicas activas no están permitidas por la ley argentina, pero el rechazo de terapias fútiles y el alivio paliativo integral constituyen derechos plenamente exigibles [2].
    • Formalización ante escribano público o juzgado y designación de mandatario de salud: Para tener plena eficacia formal conforme a la Ley 26.742, la declaración de voluntad anticipada debe instrumentarse por escrito ante escribano público o ante juzgado de primera instancia con la presencia de dos testigos, e incorporarse además una copia firmada en la historia clínica del paciente [2]. En ese mismo acto, su familiar puede designar a una o más personas de confianza como representantes o interlocutores sanitarios para que velen por el cumplimiento de sus directivas en caso de incapacidad sobreviniente [2].
  3. 3

    Formalización de poderes notariales y autorizaciones bancarias con plena capacidad

    Si una persona pierde su capacidad de discernimiento sin haber otorgado poderes válidos, los familiares no pueden administrar bienes ni cuentas bancarias sin promover un proceso judicial de determinación de la capacidad y designación de apoyos ante el juzgado civil [2][5]:

    • Poder General o Especial por escritura pública ante escribano: Mientras su familiar conserve su plena capacidad jurídica, es recomendable otorgar ante un escribano público matriculado (a través del Colegio de Escribanos de la ciudad o provincia correspondiente) un Poder General Amplio de Administración y Disposición o poderes especiales adaptados a sus necesidades [2][5]. Si la persona enferma no puede trasladarse a la escribanía por razones médicas, el escribano público puede constituirse en el domicilio particular o en la habitación del hospital o sanatorio para verificar su discernimiento y tomar la firma en el protocolo notarial.
    • Apoderado previsional en ANSES y autorizaciones bancarias: Para el cobro de haberes jubilatorios o pensiones y la realización de trámites previsionales, la persona titular puede designar a un familiar directo como Apoderado para Cobro o Trámites ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) (utilizando la certificación de firma o el formulario PS 6.4 / médico certificante para personas imposibilitadas de movilizarse) [4]. Simultáneamente, conviene verificar en cada entidad bancaria de la Argentina los requisitos específicos para registrar autorizados o apoderados en cuentas corrientes, cajas de ahorro y cajas de seguridad.
  4. 4

    Solicitud de prestaciones por discapacidad (CUD), retiro por invalidez y apoyos al cuidador

    Una enfermedad grave o avanzada da derecho a importantes coberturas integrales de discapacidad, prestaciones de seguridad social y licencias laborales en la Argentina [3][4]:

    • Certificado Único de Discapacidad (CUD) ante ANDIS y juntas evaluadoras: Solicite a través de la plataforma oficial y la aplicación Mi Argentina la evaluación por una Junta Evaluadora Interdisciplinaria coordinada con la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) para tramitar el Certificado Único de Discapacidad (CUD) [3]. El CUD es un documento público y gratuito que garantiza por la Ley 24.901 la cobertura del 100 % en medicamentos, prestaciones de rehabilitación, internación domiciliaria, cuidadores domiciliarios / asistentes personales prescritos, transporte público gratuito y asignaciones familiares por discapacidad [3].
    • Retiro Transitorio por Invalidez (ANSES) y licencias laborales para familiares: Si la persona enferma se encuentra en edad activa (no ha alcanzado aún la edad jubilatoria ordinaria) y presenta una incapacidad física o intelectual igual o superior al 66 % determinada por las Comisiones Médicas, puede gestionar el Retiro Transitorio por Invalidez ante la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) (línea 130 o Atención Virtual con Clave de la Seguridad Social) [4]. Por su parte, los familiares trabajadores que cuidan a la persona enferma deben revisar las licencias remuneradas o especiales por atención de familiar enfermo previstas en su Convenio Colectivo de Trabajo o estatuto del sector público.
  5. 5

    Ordenación preventiva del testamento, seguros y documentación patrimonial

    Dejar ordenada la documentación civil, financiera y testamentaria brinda tranquilidad a la persona enferma y evita litigios o costos innecesarios a los herederos [2][5]:

    • Testamento por acto público ante escribano y porción legítima: Bajo el Código Civil y Comercial de la Nación (artículos 2444 y siguientes), el derecho sucesorio argentino protege la porción legítima de los herederos forzosos (dos tercios para los descendientes, un medio para los ascendientes y un medio para el cónyuge), permitiendo disponer libremente mediante testamento de la porción disponible restante (un tercio o un medio, según el caso). Otorgar un Testamento por Acto Público mediante escritura pública ante escribano y dos testigos (inscribiéndolo en el Registro de Actos de Última Voluntad del Colegio de Escribanos local) ofrece la máxima seguridad jurídica frente a extravíos o impugnaciones.
    • Beneficiarios de seguros de vida, documentación civil y coordinación internacional: Revise y actualice por escrito la designación de beneficiarios en pólizas de seguro de vida (obligatorios como el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio y pólizas voluntarias), dado que dichas sumas se abonan directamente a los beneficiarios designados sin esperar al juicio sucesorio. Reúna asimismo el DNI, partidas de nacimiento y matrimonio actualizadas, títulos de propiedad de inmuebles y automotores, y si existen bienes o familiares en el extranjero, legalice los poderes o documentos públicos argentinos mediante la Apostilla de La Haya electrónica en la plataforma Trámites a Distancia (TAD) de la Cancillería Argentina [5].

Si la persona fallecida o un heredero reside en el extranjero (If the Deceased or an Heir Lives Abroad)

Los 5 pasos anteriores cubren el procedimiento interno en Argentina. Cuando la persona tenía otra nacionalidad, residía habitualmente en otro país o existen herederos, cuentas bancarias o inmuebles en el extranjero, se activan requisitos transfronterizos adicionales:

¿Necesita coordinar trámites entre Argentina y otro país?Solicitar hoja de ruta binacional en Ask Clarvia →

¿Tiene dudas sobre cómo se aplican estos 5 pasos en su Registro Civil, consulado o póliza de seguro?

Describa abajo lo que ya se ha gestionado. Ask Clarvia recopila los siguientes pasos exactos y contactos para su caso.

Autoridades oficiales y contactos verificados

AR · health service

Autoridad sanitaria nacional de la República Argentina a cargo del Programa Nacional de Cuidados Paliativos y de la aplicación de la Ley 27.678.

Organismo nacional rector que articula la tramitación del Certificado Único de Discapacidad (CUD) para acceder a cobertura integral del 100 % en tratamientos y apoyos domiciliarios.

Organismo previsional nacional (línea gratuita 130) ante el cual se gestionan el Retiro Transitorio por Invalidez y la designación de apoderados previsionales.

Teléfono: 130

Fuentes oficiales verificadas por Clarvia

  1. [1]
    Programa Nacional de Cuidados Paliativos y asistencia integral (Ley 27.678) — Ministerio de Salud de la Nación - Argentina.gob.ar
  2. [2]
    Ley 26.742 (modificatoria de la Ley 26.529 de Derechos del Paciente y Directivas Anticipadas) — InfoLEG - Ministerio de Justicia - Argentina.gob.ar
  3. [3]
    Cómo obtener el Certificado Único de Discapacidad (CUD) — Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) - Argentina.gob.ar
  4. [4]
    Obtener el Retiro Transitorio por Invalidez — ANSES - Argentina.gob.ar
  5. [5]
    Legalizar o apostillar un documento a través de Trámites a Distancia (TAD) — Cancillería Argentina - Argentina.gob.ar

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El resumen oficial de 5 pasos anterior cubre el marco general. Los pasos siguientes dependen de las circunstancias de su caso. Haga clic en cualquier tema para precompletar su consulta o escriba directamente su situación:

Qué verifica Ask Clarvia para su caso concreto (clic para precompletar):

“Para que podamos brindarle una orientación más específica, ¿en qué ciudad o provincia de la Argentina reside su familiar y desean priorizar la activación de cuidados paliativos domiciliarios, las directivas anticipadas y poderes notariales, o las gestiones ante ANSES y el CUD?”

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Cómo se ha elaborado esta página

Esta página se basa en datos revisados de Clarvia. Última revisión: 2026-10-30. Consulte las fuentes oficiales enlazadas para verificar la normativa vigente. Clarvia ofrece información práctica y orientación hacia organismos oficiales, no asesoramiento jurídico, fiscal, médico ni notarial.

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