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Corredor transfronterizo: España (ES) ↔ México (MX)16 fuentes oficiales verificadas (2026-10-30)Idioma: EspañolRead in English →

Qué hacer ante un fallecimiento entre España y México: lista oficial en 5 pasos

¿Necesita una hoja de ruta paso a paso adaptada al municipio o situación exacta de su familia?

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Lamentamos profundamente el fallecimiento de su familiar. Cuando una persona con ciudadanía o vínculos de residencia en México fallece en España, las gestiones se articulan entre las autoridades médicas, judiciales, registrales y sanitarias españolas y la red consular e instituciones de seguridad social y sucesorias de México [1][2].

A continuación se detallan en orden los cinco pasos oficiales principales.

Lista oficial resumida en 5 pasos

Guía pública de referencia
  1. 1

    Certificación médica de la defunción y autorización judicial o forense en España

    El primer paso consiste en obtener la certificación médica oficial del fallecimiento en España y cumplir los plazos autonómicos de Policía Sanitaria Mortuoria [3][4]:

    • Fallecimiento en hospital o centro sanitario: El equipo médico tratante expide el Certificado Médico de Defunción oficial (impreso del Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos y del INE) cuando la causa de la muerte es natural y conocida [3].
    • Fallecimiento en domicilio, hotel o vía pública: Debe llamarse de inmediato al teléfono único de emergencias 112. Si se trata de una muerte natural previsible en domicilio y el médico confirma la causa sin indicios sospechosos, puede emitir el Certificado Médico de Defunción. Si el fallecimiento es súbito, violento, accidental o sin asistencia médica previa, interviene la policía judicial y se da aviso al Juzgado de Guardia [3][4].
    • Intervención del Juzgado de Guardia e Instituto de Medicina Legal: En los fallecimientos judicializados, el Juzgado de Guardia ordena el levantamiento del cadáver y su traslado al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses correspondiente para la práctica de la autopsia. En este supuesto, no puede realizarse el embalsamamiento, la cremación, la inhumación ni la repatriación hasta que el juzgado emita la autorización judicial y la licencia de enterramiento [3][4].
    • Plazos de Policía Sanitaria Mortuoria: Con carácter general en las normativas autonómicas españolas, la inhumación o cremación no puede efectuarse antes de las 24 horas desde el fallecimiento ni, salvo conservación transitoria, congelación o embalsamamiento, después de las 48 horas [4].
  2. 2

    Seguro de repatriación, elección de empresa funeraria y asistencia consular de México

    Antes de contratar servicios por cuenta propia, verifique si la persona fallecida contaba con un seguro de viaje, de asistencia internacional o de decesos [2][5]:

    • Coordinación entre empresa funeraria en España y agencia funeraria en México: Si existe una póliza aseguradora con cobertura de repatriación, comuníquese de inmediato con su central de asistencia para que designe los operadores funerarios. Si no hay seguro contratado, la familia designa una empresa funeraria habilitada en España que gestione los permisos sanitarios y aeroportuarios de salida, en coordinación con una agencia funeraria autorizada en México ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) y las autoridades sanitarias estatales para la recepción en el aeropuerto mexicano y el destino final [4][6]. En España puede localizar empresas funerarias habilitadas a través de la Asociación Nacional de Servicios Funerarios (PANASEF, teléfono: +34 91 576 31 55, correo: [email protected]) [7]. Estos directorios de fuentes públicas se indican únicamente a título orientativo; Clarvia no avala, recomienda ni clasifica a ningún proveedor.
    • Contacto con la Embajada o Consulado de México en España: Notifique el fallecimiento a la oficina consular de la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) competente según la comunidad autónoma donde ocurrió el deceso: la Sección Consular de la Embajada de México en España en Madrid (correo para registro civil: [email protected]) o el Consulado de México en Barcelona (competente para Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Comunidad Valenciana, correo: [email protected]) [1][2]. La asistencia consular depende de la nacionalidad mexicana de la persona fallecida: el consulado expide el acta de defunción mexicana, visa la documentación de traslado de restos o cenizas y orienta a la familia (existiendo apoyos económicos consulares únicamente en casos acreditados de extrema vulnerabilidad económica para servicios básicos) [1][2].
  3. 3

    Inscripción en el Registro Civil español, apostilla y registro consular ante México

    El fallecimiento debe inscribirse primero en el Registro Civil local español y posteriormente acreditarse para surtir efectos legales en México [1][3]:

    • Inscripción en el Registro Civil español (24 horas): La declaración de defunción se presenta dentro de las 24 horas siguientes al fallecimiento ante el Registro Civil del municipio español donde ocurrió el deceso, dependiente del Ministerio de Justicia (trámite que habitualmente realiza la empresa funeraria con el Certificado Médico de Defunción y el pasaporte o NIE de la persona fallecida) [3][8]. El Registro Civil expide la licencia de enterramiento o incineración, el Certificado Literal de Defunción y, cuando se requiera para otros Estados parte del Convenio de Viena de 1976, el Certificado Plurilingüe Fórmula C [3][8].
    • Registro de defunción consular mexicano o Apostilla de La Haya: Para que el fallecimiento produzca plenos efectos civiles en México, la vía más directa es tramitar el Registro de Defunción ante la Sección Consular de la Embajada de México en España o el Consulado de México en Barcelona: se envían primero en formato PDF el Certificado Literal de Defunción español, el certificado médico con las causas del fallecimiento, el pasaporte y el acta de nacimiento mexicanos de la persona fallecida y la identificación del declarante para recibir cita presencial; el consulado expide copias certificadas del Acta de Defunción mexicana, válidas directamente en todo México sin necesidad de apostilla [1][2]. Alternativamente, si el acta española va a presentarse directamente en México para su inscripción de inserción ante la Oficialía o Juzgado del Registro Civil local (que también emite el Permiso de Inhumación, Cremación o Traslado local), el Certificado Literal de Defunción español debe llevar la Apostilla de La Haya emitida en España por el Ministerio de Justicia (Gerencias Territoriales o Tribunal Superior de Justicia) [1][3].
  4. 4

    Repatriación del cuerpo o de las cenizas a México o inhumación y cremación en España

    La familia puede optar entre el traslado internacional de los restos a México o la disposición final en España; la funeraria coordinadora tramita los permisos técnicos ante las autoridades sanitarias y consulares [1][4]:

    • Repatriación del cuerpo de España a México: El traslado internacional de un cadáver requiere: 1) el Certificado Literal de Defunción y el certificado médico acreditativo de que el fallecimiento no se debió a enfermedad infectocontagiosa de cuarentena; 2) la práctica de embalsamamiento o conservación transitoria autorizada y el encajonamiento en féretro hermético provisto de caja interior metálica de zinc sellada y válvula filtrante; 3) la autorización higiénico-sanitaria de salida de Sanidad Exterior (dependiente del Ministerio de Sanidad) y la expedición del salvoconducto mortuorio internacional conforme al Acuerdo de Berlín de 1937 (del que tanto España como México son Estados parte, además de las normas europeas del Acuerdo de Estrasburgo y las pautas consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación - MAEC) [4][5]; y 4) el visado consular mexicano y el permiso sanitario de internación y traslado internacional de cadáveres gestionado ante COFEPRIS / Sanidad Internacional en el aeropuerto de entrada en México y la Secretaría de Salud estatal de destino [1][6].
    • Traslado internacional de cenizas a México: Si se realiza la cremación en España, el traslado de la urna cineraria a México es más sencillo: requiere que las cenizas viajen en una urna sellada colocada dentro de un estuche o contenedor protector sólido, acompañada del certificado de cremación expedido por la funeraria o crematorio en España, la autorización de Sanidad Exterior cuando proceda y la copia certificada del Acta de Defunción emitida por el consulado mexicano (o el acta literal española apostillada) [1][2][4].
    • Inhumación o cremación local en España: Si la familia decide realizar el sepelio o la cremación en España, la empresa funeraria gestiona directamente el servicio ante el cementerio o crematorio municipal con la licencia de enterramiento del Registro Civil español [3][8].
  5. 5

    Prestaciones de supervivencia, trámites fiscales y sucesión en México y en España

    Una vez obtenidas las actas de defunción de ambos países, los beneficiarios y herederos pueden iniciar las gestiones de seguridad social, retiro, sucesión e impuestos en México y en España:

    • Seguridad social y retiro en México (IMSS, ISSSTE y AFORE): Si la persona fallecida cotizaba o estaba pensionada en México, los beneficiarios pueden solicitar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS, teléfono desde México: 800 623 2323) la ayuda para gastos de funeral (equivalente a dos veces el valor mensual de la UMA presentando la factura funeraria y el acta de defunción) y las pensiones de viudez, concubinato u orfandad en la Unidad de Medicina Familiar correspondiente [9][10]. Si cotizaba en el sector público federal, el pago de gastos de funeral y las pensiones de familiares derechohabientes se tramitan ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) [11]. Asimismo, los beneficiarios pueden localizar la Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE / SAR) y reclamar los recursos de la cuenta individual a través de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), contando con orientación jurídica gratuita de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) [12][13].
    • Testamento y sucesión notarial en México: Para verificar si la persona fallecida otorgó testamento en México y tramitar la sucesión testamentaria o intestamentaria, se acude a un notario público en México - localizable mediante el Colegio Nacional del Notariado Mexicano (teléfono: +52 55 5514 6058) - o al juez competente, quien solicita el informe al Registro Nacional de Avisos de Testamento (RENAT), coordinado por la Secretaría de Gobernación (SEGOB) [14].
    • Seguridad social, últimas voluntades e impuestos en España: Si la persona fallecida cotizó o percibía pensión en España, los familiares pueden solicitar el auxilio por defunción y las pensiones de viudedad u orfandad ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS, teléfono: +34 91 541 25 30) [15]. Para bienes o cuentas situados en España, transcurridos 15 días hábiles desde el fallecimiento debe solicitarse el certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad (mediante el Modelo 790 ante el Ministerio de Justicia), tramitar la escritura de herencia ante una notaría en España a través del Consejo General del Notariado y presentar la autoliquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en el plazo de 6 meses desde el fallecimiento (prorrogable por otros 6 meses si se solicita dentro de los primeros 5 meses) ante la administración tributaria autonómica o, en caso de no residentes, ante la Agencia Tributaria [16].

¿Tiene dudas sobre cómo se aplican estos 5 pasos en su Registro Civil, consulado o póliza de seguro?

Describa abajo lo que ya se ha gestionado. Ask Clarvia recopila los siguientes pasos exactos y contactos para su caso.

Autoridades oficiales y contactos verificados

Oficina consular de México en Madrid competente para el registro de defunción de personas mexicanas y orientación sobre traslado de restos o cenizas a México.

ES · consular service

Consulado General de México en Barcelona para el registro de defunción y traslado de restos o cenizas en Aragón, Cataluña, Islas Baleares y Comunidad Valenciana.

ES · professional directory

Asociación nacional española de servicios funerarios (PANASEF) para localizar empresas funerarias habilitadas en España.

Teléfono: +34 91 576 31 55Correo: [email protected]

Autoridad sanitaria federal mexicana (COFEPRIS) competente en permisos sanitarios de internación y traslado de cadáveres y regulación de servicios funerarios.

ES · civil registry

Sede Electrónica del Ministerio de Justicia de España para la inscripción de la defunción, el Certificado Literal de Defunción y el Registro General de Actos de Última Voluntad.

ES · health service

Área de Sanidad Exterior encargada de la autorización higiénico-sanitaria para el traslado internacional de cadáveres y restos humanos desde España.

MX · pension or benefits body

Institución de seguridad social en México ante la cual solicitar la ayuda para gastos de funeral y las pensiones de viudez, concubinato u orfandad.

Teléfono: 800 623 2323

Organismo de seguridad social para trabajadores del Estado en México (ISSSTE) que gestiona el pago de gastos de funeral y pensiones de sobrevivencia.

Autoridad reguladora del SAR en México (CONSAR) para localizar la AFORE de la persona fallecida y orientar sobre el retiro de recursos por beneficiarios.

MX · legal or notarial directory

Organismo nacional del notariado en México para orientación sobre testamentos, consulta al RENAT y trámites sucesorios notariales.

Teléfono: +52 55 5514 6058
ES · pension or benefits body

Entidad gestora de la Seguridad Social española (INSS) para solicitar el auxilio por defunción y las pensiones de viudedad y orfandad.

Teléfono: +34 91 541 25 30
ES · authority

Administración tributaria española competente para la declaración del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en el plazo de 6 meses.

Fuentes oficiales verificadas por Clarvia

  1. [1]
    Registro de Defunción de persona mexicana en España — Embajada de México en España (Secretaría de Relaciones Exteriores - SRE)
  2. [2]
    Registro de defunción en España de persona mexicana y traslado de cenizas — Consulado de México en Barcelona (SRE)
  3. [3]
    Solicitud de Certificado de Defunción — Ministerio de Justicia de España (Sede Electrónica)
  4. [4]
    Sanidad Exterior - Control higiénico-sanitario en el traslado internacional de cadáveres — Ministerio de Sanidad de España
  5. [5]
    Fallecimiento y repatriación de restos mortales — Administración General del Estado / MAEC
  6. [6]
    Descanse en paz: Guía para la familia ante el fallecimiento de un ser querido — Gobierno de México / COFEPRIS y PROFECO
  7. [7]
    Contacto y directorio de empresas funerarias asociadas — Asociación Nacional de Servicios Funerarios (PANASEF)
  8. [8]
    Inscripción de defunción en el Registro Civil — Ministerio de Justicia de España (Sede Electrónica)
  9. [9]
    Solicitud de ayuda para gastos de funeral (IMSS-01-001) — Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
  10. [10]
    Otorga IMSS pensión por viudez y prestaciones a beneficiarios — Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS - gob.mx)
  11. [11]
    Pago de gastos de funeral a pensionados y jubilados del ISSSTE — Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)
  12. [12]
    ¿En qué AFORE estoy? Localización de cuenta individual SAR — Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR)
  13. [13]
    Tu familiar falleció y deseas saber a qué tienes derecho (Prestaciones laborales, AFORE y seguridad social) — Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET - gob.mx)
  14. [14]
    Testamento y sucesiones en México — Colegio Nacional del Notariado Mexicano / SEGOB
  15. [15]
    Prestaciones por fallecimiento, viudedad y orfandad — Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)
  16. [16]
    Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y trámites de herencia en España — Agencia Tributaria (AEAT)

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El resumen oficial de 5 pasos anterior cubre el marco general. Los pasos siguientes dependen de las circunstancias de su caso. Haga clic en cualquier tema para precompletar su consulta o escriba directamente su situación:

Qué verifica Ask Clarvia para su caso concreto (clic para precompletar):

“Para ofrecerle indicaciones más específicas: 1. ¿En qué municipio y comunidad autónoma de España ocurrió el fallecimiento, y a qué ciudad o estado de México desean trasladar el cuerpo o las cenizas? 2. ¿La persona fallecida tenía nacionalidad mexicana (o doble nacionalidad hispano-mexicana) y contaba con seguro de viaje, de decesos o afiliación activa al IMSS, ISSSTE o al INSS español?”

Recibirás un correo electrónico de Lex, de Clarvia. Puedes responder, reenviarlo o incluir a familiares y profesionales.

Cómo se ha elaborado esta página

Esta página se basa en datos revisados de Clarvia. Última revisión: 2026-10-30. Consulte las fuentes oficiales enlazadas para verificar la normativa vigente. Clarvia ofrece información práctica y orientación hacia organismos oficiales, no asesoramiento jurídico, fiscal, médico ni notarial.

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