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Jurisdicción: Chile (CL)5 fuentes oficiales verificadas (2026-10-30)Idioma: EspañolRead in English →

Enfermedad terminal y planificación legal en Chile: lista oficial en 5 pasos

¿Necesita una hoja de ruta paso a paso adaptada al municipio o situación exacta de su familia?

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Lamentamos mucho la difícil situación de salud que atraviesa su familiar en Chile. A continuación, explicamos en orden los cinco pasos prácticos, médicos y jurídicos principales que conviene gestionar mientras la persona enferma conserva su plena capacidad de obrar.

Lista oficial resumida en 5 pasos

Guía pública de referencia
  1. 1

    Activación de los cuidados paliativos universales y cobertura de salud

    • Ley N° 21.375 de Cuidados Paliativos Universales: En Chile, toda persona que padece una enfermedad terminal o grave tiene derecho garantizado por la Ley N° 21.375 a recibir cuidados paliativos integrales, tanto si está afiliada al Fondo Nacional de Salud (FONASA) como a una Institución de Salud Previsional (ISAPRE) [1] [2]. Para activarlos, el médico tratante debe emitir el certificado clínico de condición terminal o dolor severo no oncológico y gestionar la derivación a la Unidad de Cuidados Paliativos hospitalaria o domiciliaria bajo los lineamientos del Ministerio de Salud de Chile (MINSAL) [1] [2].
    • Garantías Explícitas en Salud (GES / AUGE) y Ley Ricarte Soto: Cuando el diagnóstico corresponde a patologías oncológicas avanzadas u otras condiciones incluidas en el régimen GES, la activación de la garantía cubre el alivio del dolor por cáncer avanzado, medicamentos opioides e insumos clínicos con copago cero en la red pública de FONASA o arancel regulado en la red cerrada de ISAPRE [1].
    • Copia de la ficha clínica: Conforme a la Ley N° 20.584 de Derechos y Deberes de los Pacientes fiscalizada por el Ministerio de Salud de Chile (MINSAL), el titular o su representante autorizado con poder simple o notarial puede solicitar copia íntegra de la ficha clínica y de los informes médicos para respaldar gestiones previsionales y jurídicas [1] [2].
  2. 2

    Voluntad anticipada, derechos del paciente y representante sanitario

    • Autonomía del paciente y rechazo de tratamientos desproporcionados: De acuerdo con el artículo 16 de la Ley N° 20.584 y la Ley N° 21.375, la persona en estado terminal con plena capacidad psíquica tiene derecho a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier tratamiento que prolongue artificialmente la vida (evitando la obstinación terapéutica), sin que ello implique en ningún caso el abandono del alivio del dolor ni de los cuidados paliativos ordinarios [1] [2].
    • Declaración de voluntad anticipada y designación de apoderado de salud: La persona enferma puede suscribir un documento de directivas anticipadas en el propio establecimiento asistencial (que se incorpora a la ficha clínica) o formalizar una declaración de voluntad anticipada mediante escritura pública ante Notario Público, designando a un familiar o persona de confianza como interlocutor válido ante el equipo médico en caso de que posteriormente pierda la conciencia o la capacidad de comunicarse [2] [3].
  3. 3

    Formalización de poderes notariales y mandatos bancarios

    • Mandato general o especial por escritura pública ante Notario: Mientras su familiar conserve intacta su lucidez y capacidad legal, es prioritario otorgar un mandato general de administración o un poder especial amplio mediante escritura pública en una Notaría Pública chilena [3]. Este instrumento permite al mandatario administrar bienes, comparecer ante servicios públicos, gestionar trámites tributarios ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) y cobrar pensiones o beneficios [3] [5].
    • Atención notarial en domicilio u hospital: Si la persona enferma no puede desplazarse por razones médicas, la familia puede solicitar que el Notario Público acuda al domicilio o al centro hospitalario para constatar personalmente el estado de lucidez del otorgante y autorizar la firma de la escritura pública en el lugar [3].
    • Mandatos bancarios específicos: Dado que los bancos en Chile exigen cláusulas expresas para girar fondos, cerrar productos o administrar inversiones, conviene presentar copia autorizada de la escritura de mandato en cada institución financiera donde la persona enferma sea titular, o suscribir los formularios de mandato bancario propios de cada entidad [3] [5].
  4. 4

    Prestaciones por invalidez, dependencia y licencias para cuidadores

    • Licencias médicas, Ley SANNA y credencial de discapacidad (COMPIN): Si la persona enferma es trabajadora activa, el médico tratante emite las licencias médicas electrónicas ante la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) del Ministerio de Salud de Chile (MINSAL) o la ISAPRE respectiva [1]. Asimismo, se puede tramitar la calificación e inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad del Servicio de Registro Civil e Identificación y el registro de persona cuidadora para acceder a atención preferente y apoyos del Sistema Nacional de Apoyos y Cuidados [1] [3]. Cuando la persona enferma es menor de edad, los padres o cuidadores trabajadores pueden acogerse al seguro de acompañamiento de la Ley SANNA [4].
    • Pensión de invalidez y asignación por invalidez (AFP / IPS): Si la enfermedad provoca un menoscabo permanente de la capacidad de trabajo, se puede solicitar la calificación de invalidez ante las Comisiones Médicas de la Superintendencia de Pensiones a través de la AFP correspondiente o gestionar la Pensión Básica Solidaria de Invalidez y subsidios asociados ante el Instituto de Previsión Social (IPS) en las sucursales o portal de ChileAtiende [4].
  5. 5

    Ordenación preventiva del testamento, seguros y documentación patrimonial

    • Otorgamiento de testamento abierto o cerrado e inscripción nacional: En Chile rige un sistema de asignaciones forzosas (la mitad legitimaria para legitimarios como hijos y cónyuge o conviviente civil, una cuarta de mejoras para descendientes, ascendientes o cónyuge, y una cuarta de libre disposición) [3]. Mientras conserve plena capacidad, su familiar puede otorgar testamento solemne abierto o cerrado ante Notario Público y tres testigos (o cinco si no se otorga ante notario competente), el cual es informado por la notaría para su inscripción en el Registro Nacional de Testamentos del Servicio de Registro Civil e Identificación [3].
    • Revisión de beneficiarios previsionales y seguros de desgravamen o vida: Es aconsejable verificar que las libretas de familia y las inscripciones de matrimonio, acuerdo de unión civil y nacimiento de hijos estén actualizadas en el Servicio de Registro Civil e Identificación, revisar los beneficiarios declarados en la AFP o en el Instituto de Previsión Social (IPS), y consultar en la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) las pólizas de seguro de vida, catastrófico o de desgravamen hipotecario vigentes [3] [4].
    • Carpeta patrimonial y tributaria: Conviene reunir los certificados de dominio vigente de inmuebles emitidos por el Conservador de Bienes Raíces (CBR), certificados de avalúo fiscal del Servicio de Impuestos Internos (SII) y cartolas bancarias o previsionales [5]. Si existen bienes o futuros herederos en el extranjero, cualquier poder o documento público chileno puede apostillarse en línea para asegurar su plena validez internacional [3] [5].

Si la persona fallecida o un heredero reside en el extranjero (If the Deceased or an Heir Lives Abroad)

Los 5 pasos anteriores cubren el procedimiento interno en Chile. Cuando la persona tenía otra nacionalidad, residía habitualmente en otro país o existen herederos, cuentas bancarias o inmuebles en el extranjero, se activan requisitos transfronterizos adicionales:

¿Necesita coordinar trámites entre Chile y otro país?Solicitar hoja de ruta binacional en Ask Clarvia →

¿Tiene dudas sobre cómo se aplican estos 5 pasos en su Registro Civil, consulado o póliza de seguro?

Describa abajo lo que ya se ha gestionado. Ask Clarvia recopila los siguientes pasos exactos y contactos para su caso.

Autoridades oficiales y contactos verificados

Autoridad sanitaria rectora de las Unidades de Cuidados Paliativos Universales (Ley N° 21.375), garantías GES y comisiones médicas COMPIN.

Teléfono: 600 360 7777

Organismo a cargo del Registro Nacional de Testamentos, el Registro Nacional de la Discapacidad y las certificaciones de estado civil y filiación.

Teléfono: 600 370 2000
CL · pension or benefits body

Institución pública que gestiona la red ChileAtiende, pensiones de invalidez, apoyos a personas con dependencia y orientación previsional.

Teléfono: 101

Administración tributaria para consulta de avalúos fiscales de bienes raíces, representación tributaria mediante mandato y planificación sucesoria.

Teléfono: 2 2395 1115

Fuentes oficiales verificadas por Clarvia

  1. [1]
    Ministerio de Salud (MINSAL) - Programas de Cuidados Paliativos y Garantías GES — Ministerio de Salud de Chile (MINSAL)
  2. [2]
    Ley N° 21.375 que Consagra los Cuidados Paliativos y los Derechos de las Personas que Padecen Enfermedades Terminales o Graves — Biblioteca del Congreso Nacional de Chile (BCN)
  3. [3]
    Registro Nacional de Testamentos, Posesiones Efectivas y Certificados — Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile
  4. [4]
    Trámites y Beneficios Previsionales en el Instituto de Previsión Social — Instituto de Previsión Social (IPS) / ChileAtiende
  5. [5]
    Portal Tributario, Avalúos de Bienes Raíces y Normativa de Herencias — Servicio de Impuestos Internos (SII)

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Reciba por correo electrónico los pasos restantes adaptados a su situación

El resumen oficial de 5 pasos anterior cubre el marco general. Los pasos siguientes dependen de las circunstancias de su caso. Haga clic en cualquier tema para precompletar su consulta o escriba directamente su situación:

Qué verifica Ask Clarvia para su caso concreto (clic para precompletar):

“¿Su familiar se encuentra afiliado a FONASA o a una ISAPRE en Chile, y cuenta ya con un mandato notarial por escritura pública para que podamos precisar los pasos prioritarios?”

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Cómo se ha elaborado esta página

Esta página se basa en datos revisados de Clarvia. Última revisión: 2026-10-30. Consulte las fuentes oficiales enlazadas para verificar la normativa vigente. Clarvia ofrece información práctica y orientación hacia organismos oficiales, no asesoramiento jurídico, fiscal, médico ni notarial.

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